El Poder Ejecutivo nacional publicó hoy el Decreto 407/2026, que reglamenta aspectos centrales de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) e introduce cambios concretos en las reglas de juego para empleadores, trabajadores y sindicatos. La norma, firmada por el presidente Javier Milei junto a los ministros Manuel Adorni y Luis Caputo —y el reemplazante de Sturzenegger—, entró en vigencia el 1° de junio.
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Repartidores y conductores de plataformas: la Secretaría de Transporte los regula
Uno de los puntos más sensibles es el de los trabajadores que prestan servicios a través de aplicaciones como Uber, Rappi o PedidosYa. El decreto ratifica que esos vínculos están expresamente excluidos de la Ley de Contrato de Trabajo y designa a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía como la autoridad que los regula. La Secretaría de Trabajo, por su parte, conserva la competencia sobre los convenios colectivos que pudieran surgir en ese ámbito.
En términos prácticos, esto significa que un repartidor que crea tener derechos laborales similares a los de un empleado en relación de dependencia —indemnización, obra social, aportes jubilatorios— deberá buscar esa cobertura en el régimen especial de la propia ley y no en la LCT.
Convenios colectivos: el Gobierno abre la puerta a la renegociación en masa
La norma establece que la Secretaría de Trabajo deberá iniciar, en un plazo de 30 días, el procedimiento de convocatoria a renegociación de todos los convenios colectivos de trabajo vencidos. El decreto fija un criterio operativo: los convenios que no tengan fecha expresa de vencimiento serán tratados como si vencieran el 31 de diciembre de 2026, lo que habilita a la autoridad a convocarlos a revisión este año.
Es una movida de largo alcance. En Mendoza, los convenios del agro, la construcción, el comercio y la industria del vino son algunos de los sectores que podrían verse convocados a renegociar.
Licencias médicas: solo valen las prescripciones digitales registradas
El decreto reglamenta también el control de enfermedades del trabajador. A partir de ahora, las prescripciones que incluyan reposo deben ser emitidas de forma electrónica a través de plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS) y suscriptas por profesionales habilitados en el sistema federal de salud (REFEPS). Si hay discrepancias irresolubles entre el médico del trabajador y el de la empresa, las partes pueden recurrir a junta médica oficial o institutos de reconocida trayectoria.
Otras modificaciones
El decreto también reglamenta el régimen de asignaciones familiares de trabajadores agrarios —relevante para los temporeros de cosecha en Mendoza— y establece que la registración laboral en el sector de la construcción pasará a quedar centralizada en ARCA, quitándole esa función al IERIC. La adecuación de sistemas tiene un plazo de 120 días.
Los detalles de los anexos —que incluyen los formularios y procedimientos específicos— están disponibles únicamente en la edición web del Boletín Oficial (boletinoficial.gob.ar).

