El Gobierno nacional decidió otra vez no trasladar a los precios el aumento del impuesto a los combustibles que correspondía aplicar este mes. Por el Decreto 405/2026, firmado el 29 de mayo por el presidente Javier Milei junto a los ministros Manuel Adorni y Luis Caputo, se postergó hasta el 1° de julio de 2026 el efecto de los incrementos acumulados en los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono para nafta sin plomo, nafta virgen y gasoil.
No es una medida nueva: desde agosto de 2025, el decreto 617 y sus sucesivas modificaciones —en octubre, noviembre y diciembre de 2025, y en enero, febrero, marzo y abril de 2026— fueron postergando mes a mes ese mismo ajuste. Esta es la décima prórroga sobre la misma acumulación.
Qué se está postergando
La Ley de Impuesto a los Combustibles (N° 23.966) establece montos fijos por unidad de medida que deben actualizarse trimestralmente según la variación del IPC que publica el INDEC. Las actualizaciones de 2024, 2025 y del primer trimestre de 2026 no se trasladaron a los precios en el momento en que debían hacerlo. Toda esa acumulación es la que el Gobierno viene difiriendo y que, según el decreto publicado hoy, recién surtirá efecto "para los hechos imponibles que se perfeccionen desde el 1° de julio de 2026".
El decreto no especifica en el articulado los montos exactos del ajuste diferido. Esos valores surgen de las tablas de actualización de ARCA y los anexos del Decreto 501/2018, que no se publican en este boletín. Para cuantificar el impacto en el precio de surtidor al 1° de julio se recomienda consultar directamente con ARCA o con distribuidoras de combustibles.
El caso de Malargüe
El decreto menciona explícitamente al departamento más austral de Mendoza como parte de la zona de influencia patagónica que tiene un monto fijo diferencial para el gasoil. Esa alícuota reducida —histórica para toda la zona sur por razones de transporte— también queda congelada hasta julio.
Por qué importa
El freno a este impuesto es uno de los factores que ha contribuido a amortiguar el precio de los combustibles en la góndola más allá de lo que hubiera resultado del ajuste inflacionario puro. El 1° de julio, cuando ese colchón acumulado empiece a regir, el precio final podría registrar una suba que, según la magnitud del ajuste acumulado, podría ser significativa. Ese escenario es el que el Gobierno ha venido evitando en forma sistemática para no presionar sobre la inflación medida por el IPC.
Aspecto pendiente: se recomienda verificar en ARCA o con la Cámara de Expendedores de Combustibles de Mendoza el monto acumulado de los ajustes diferidos, para poder anticipar en qué porcentaje podría subir el precio desde julio.

