La iniciativa presentada por la legisladora provincial, propone modificar el artículo 250 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario de Mendoza, estableciendo que la inhibición general de bienes sólo pueda dictarse cuando no existan otros bienes identificables para garantizar el crédito fiscal o cuando las medidas menos gravosas resulten insuficientes.
Actualmente, la normativa vigente permite solicitar inhibiciones generales en cualquier momento, incluso antes de iniciarse el juicio de apremio, únicamente con la presentación del título ejecutivo.

El proyecto busca evitar situaciones desproporcionadas que terminan afectando la actividad económica, comercial y patrimonial de personas y pequeñas empresas por deudas muchas veces de escasa cuantía.
“La finalidad del Estado debe ser cobrar lo que corresponde, no paralizar la vida económica de los mendocinos. Las medidas cautelares tienen que ser razonables y proporcionales”, sostuvo Petri.
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La legisladora remarcó que las inhibiciones generales impiden vender propiedades, acceder a créditos, transferir vehículos o continuar actividades comerciales aun cuando existan alternativas menos perjudiciales para garantizar el cobro.
El proyecto también incorpora el principio de menor afectación posible sobre el patrimonio del contribuyente, priorizando embargos específicos antes que restricciones generales sobre la totalidad de los bienes.
Asimismo, la iniciativa toma en consideración la evolución de los sistemas judiciales y registrales de Mendoza, que recientemente avanzaron en la digitalización de los trámites vinculados a inhibiciones y levantamientos de medidas cautelares.
“Necesitamos un sistema tributario eficiente, pero también justo. El poder de cobro del Estado no puede transformarse en una herramienta que asfixia económicamente a quienes trabajan, producen e invierten en Mendoza”, concluyó la diputada.

