La Legislatura mendocina sancionó la Ley 9708, que reforma en puntos clave la ley apícola provincial vigente desde 1999 (Ley 6817). El Gobernador Cornejo la promulgó el 19 de mayo mediante Decreto 988. Los cambios entran en vigor con la publicación en el Boletín Oficial, pero el sistema informático que crea la norma tendrá 180 días para implementarse desde la reglamentación.
La modificación más concreta es la creación del Mapa Apícola Provincial: un sistema informático con georreferenciación (latitud y longitud) en el que todos los apiarios deberán estar registrados. A través de esa plataforma los productores podrán gestionar servicios de polinización, reservar turnos en salas de extracción y realizar trámites administrativos.
En cuanto a trazabilidad, la ley establece que toda la miel producida en Mendoza deberá cumplir con requisitos de registración, independientemente de dónde se haga la extracción. Los apicultores transhumantes —los que mueven sus colmenas entre distintas zonas según la floración— deberán acreditar destino y controles sanitarios en cada traslado.
El texto también modifica las reglas de los traslados de colonias: los ingresos y egresos deberán ser coordinados por la Dirección Provincial de Ganadería junto al ISCAMEN, con inscripción obligatoria en el RENAPA (Registro Nacional de Productores Apícolas).
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Otro cambio relevante: la renovación anual obligatoria de la vigencia de los apiarios permanentes. Hasta ahora no existía ese requisito de actualización periódica. La Dirección Provincial de Ganadería queda como autoridad de aplicación. Tendrá, entre otras facultades, la de prohibir el ingreso de colmenas y material apícola al territorio provincial cuando se detecten enfermedades o plagas, y la de comunicar a los apicultores los planes de tratamientos fitosanitarios agrícolas para que puedan proteger sus colmenas de los agroquímicos.
Mendoza tiene aproximadamente 150.000 colmenas registradas según datos del sector. La actividad no es solo producción de miel: la polinización que hacen las abejas es esencial para la fruticultura, la horticultura y, en menor medida, la vitivinicultura provincial. Una reforma regulatoria en este sector impacta en toda la cadena agroindustrial.
Lo que la norma no resuelve en el texto publicado —y que dependerá de la reglamentación— es cómo funcionará en la práctica el ordenamiento territorial basado en "capacidad de carga del ambiente": quién determina esa capacidad, con qué criterios y qué pasa cuando un productor supera el límite zonal.

