El departamento de Lavalle modificó su ordenanza de control de venta de alcohol para elevar sustancialmente las multas y los días de clausura a los comercios que infrinjan la prohibición de vender bebidas alcohólicas entre las 0 y las 8 horas.
La nueva escala, aprobada por el Concejo Deliberante y promulgada por el intendente Edgardo González, establece que la primera infracción se sanciona con una multa de 2.000 unidades tributarias municipales y cinco días hábiles de clausura. La segunda infracción duplica la multa a 4.000 unidades y extiende la clausura a quince días. La tercera infracción ya no tiene multa: implica la clausura definitiva del comercio.
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El texto de la ordenanza explica el endurecimiento por la necesidad de un "carácter disuasorio real" en las sanciones, para evitar que la multa sea percibida como "un costo menor frente a las ganancias de la actividad ilícita". El Concejo también fundamentó el cambio en la aparición de nuevos puntos de expendio de alcohol, como los bodegones instalados durante fiestas departamentales —mencionan puntualmente las de Asunción y Lagunas del Rosario—, que requieren, según el texto, garantizar que el consumo se limite a las áreas y locales autorizados.
La ordenanza había sido modificada en dos ocasiones anteriores, en 2015 y 2017, siempre sobre el mismo artículo del régimen sancionatorio original de 2006.

